jueves, 1 de mayo de 2014

TSJ ordena inicio de clases en LUZ de manera inmediata e incondicional

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Archivo refencial



Luego de una medida cautelar introducida por un grupo de estudiantes de la Universidad del Zulia (LUZ), el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), a través del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, ordenó al Consejo Universitario de la casa de estudios el inicio de clases de manera inmediata y sin condiciones.


Según reza la sentencia emitida por el poder judicial, los agraviados expusieron que las medidas tomadas por el Consejo Universitario desde marzo “altera y pone en peligro ese derecho fundamental, ya sea como consecuencia de las medida académicas, o administrativas, efectivamente violando el derecho fundamental a la educación, que de ninguna manera, puede ser alterado, ni coartado”.


Además, se establece en el acta que los jóvenes resaltaron que “Siendo la educación un derecho fundamental, es por tanto directamente tutelable, y el juez constitucional está facultado para ordenar a los sujetos obligados al cumplimiento de sus respectivas responsabilidades, a fin de asegurar la satisfacción de las necesidades básicas del ciudadano”.


En el expediente queda constancia varias de las decisiones tomadas por el Consejo Universitario, entre estas de la sesión con fecha 11-03-2014, durante la cual se acordó:

1. Suspender las actividades docentes de pregrado a partir del 12-03-2014 reiniciando el 17-03-2014, siempre y cuando estén dadas las condiciones.

2. Establecer horario crítico para las actividades administrativas de 7:30 a.m. a 12:30 a.m.

3. Mantener las actividades de investigación y postgrado.

4. Exhortar a los departamentos de cátedras a reprogramar el calendario académico.”


Luego de estas consideraciones, el Juzgado ordenó:


PRIMERO: PROCEDENTE la medida cautelar solicitada por los ciudadanos MARIANA SUAREZ, LILIANA SUÁREZ, INDIRA CORREA, FAVIAN GONZALEZ, ALBERT URIANA, YONATAN MENARE, CARLOS COLINA, RUTH PALMAR, LEONARDO HERNANDEZ, MARIANELA BETANCOURT, EDGAR NUÑEZ y MARÍA OBERTO.


SEGUNDO: SE SUSPENDEN LOS EFECTOS de los actos administrativos dictados por el Consejo Universitario de la Universidad del Zulia, contenidos en la sesiones de fecha 11 de marzo de 2014 y 17 de marzo de 2014


TERCERO: SE ORDENA A LA UNIVERSIDAD DEL ZULIA reiniciar de forma inmediata las actividades académicas del pregrado, en los términos establecidos en la presente decisión.


CUARTO: SE ORDENA A LA UNIVERSIDAD DEL ZULIA activar de forma total e inmediata el transporte estudiantil.


QUINTO: SE PROHIBE A LA UNIVERSIDAD DEL ZULIA realizar cualquier acto que impida el acceso a los profesores, empleados, obreros y estudiantes a las instalaciones universitarias.


SEXTO: SE ORDENA NOTIFICAR de la presente decisión al Rector de la Universidad del Zulia, Presidente Consejo Universitario de la Universidad del Zulia, Procurador General de la República y Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior, remitiéndole a tales efectos copia certificada de la misma.


SEPTIMO: SE ADVIERTE a los presuntos agraviantes que la presente decisión debe ser acatada de forma inmediata e incondicional, so pena de incurrir en desobediencia a la Autoridad Judicial.


Vínculo de la sentencia citada


Noticia al Día / TSJ


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