lunes, 24 de febrero de 2014

Ley de Ilícitos cambiaros no sancionará publicar tasa paralela del dólar

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Foto: Referencial archivo



La Ley de Régimen Cambiario y sus Ilícitos, publicada este lunes en Gaceta Oficial, no incluye sanciones para la publicación de la tasa no oficial del dólar.


La ahora derogada Ley de Ilícitos Cambiarios, establecía una sanción de 1.000 Unidades Tributarias a quienes divulgaran por cualquier medio una tasa no oficial de las divisas.


Sin embargo, esa norma ya no figura en la nueva ley que rige el sistema cambiario nacional, lo que además contribuye a la información del tipo de cambio que provendrá del mercado permuta, llamado por el gobierno Sicad 2, y que comenzará a operar una vez publicado el convenio cambiario correspondiente.


Fue ese artículo de la Ley de Ilícitos la que permitió al Gobierno tumbar las páginas web que publicaban el valor de dólar y el euro paralelo, como una forma de combartir la cotización de operaciones fuera del control de cambio.


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